Artículos 1 al 190 · Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Bloque 1 de 5 del índice de LEC.
Bloque 1 de 5. Volver al índice de LEC.
Del artículo 1 al 190
Art. 1 — Principio de legalidad procesal
Art. 2 — Aplicación en el tiempo de las normas procesales civiles
Art. 3 — Ámbito territorial de las normas procesales civiles
Art. 4 — Carácter supletorio de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Art. 5 — Clases de tutela jurisdiccional
Art. 6 — Capacidad para ser parte
Art. 7 — Comparecencia en juicio y representación
Art. 7 bis — Ajustes para personas con discapacidad y personas mayores
Art. 8 — Integración de la capacidad procesal
Art. 9 — Apreciación de oficio de la falta de capacidad
Art. 10 — Condición de parte procesal legítima
Art. 12 — Litisconsorcio
Art. 13 — Intervención de sujetos originariamente no demandantes ni demandados
Art. 14 — Intervención provocada
Art. 16 — Sucesión procesal por muerte
Art. 17 — Sucesión por transmisión del objeto litigioso
Art. 18 — Sucesión en los casos de intervención provocada
Art. 19 — Derecho de disposición de los litigantes. Transacción y suspensión
Art. 20 — Renuncia y desistimiento
Art. 21 — Allanamiento
Art. 23 — Intervención de procurador
Art. 24 — Apoderamiento del procurador
Art. 25 — Poder general y poder especial
Art. 26 — Aceptación del poder. Deberes del procurador
Art. 27 — Derecho supletorio sobre apoderamiento
Art. 28 — Representación pasiva del procurador
Art. 29 — Provisión de fondos
Art. 30 — Cesación del procurador
Art. 31 — Intervención de abogado
Art. 32 — Intervención no preceptiva de abogado y procurador
Art. 33 — Designación de procurador y de abogado
Art. 34 — Cuenta del procurador
Art. 35 — Honorarios de los abogados
Art. 37 — Falta de jurisdicción. Abstención de los tribunales civiles
Art. 40 — Prejudicialidad penal
Art. 42 — Cuestiones prejudiciales no penales
Art. 43 — Prejudicialidad civil
Art. 44 — Predeterminación legal de la competencia
Art. 45 — Competencia de los Juzgados de Primera Instancia
Art. 46 — Especialización de algunos Juzgados de Primera Instancia
Art. 47 — Competencia de los jueces y juezas de paz
Art. 48 — Apreciación de oficio de la falta de competencia objetiva
Art. 49 — Apreciación de la falta de competencia objetiva a instancia de parte
Art. 50 — Fuero general de las personas físicas
Art. 52 — Competencia territorial en casos especiales
Art. 54 — Carácter dispositivo de las normas sobre competencia territorial
Art. 55 — Sumisión expresa
Art. 56 — Sumisión tácita
Art. 57 — Sumisión expresa y reparto
Art. 58 — Apreciación de oficio de la competencia territorial
Art. 59 — Alegación de la falta de competencia territorial
Art. 60 — Conflicto negativo de competencia territorial
Art. 61 — Competencia funcional por conexión
Art. 62 — Apreciación de oficio de la competencia para conocer de los recursos
Art. 65 — Tramitación y decisión de la declinatoria
Art. 67 — Recursos en materia de competencia territorial
Art. 68 — Obligatoriedad del reparto. Tratamiento procesal
Art. 69 — Plazo en que debe efectuarse el reparto
Art. 70 — Medidas urgentes en asuntos no repartidos
Art. 72 — Acumulación subjetiva de acciones
Art. 73 — Admisibilidad por motivos procesales de la acumulación de acciones
Art. 74 — Finalidad de la acumulación de procesos
Art. 76 — Casos en los que procede la acumulación de procesos
Art. 77 — Procesos acumulables
Art. 78 — Improcedencia de la acumulación de procesos. Excepciones
Art. 79 — Proceso en el que se ha de pedir o acordar de oficio la acumulación
Art. 80 — Acumulación de procesos en el juicio verbal
Art. 81 — Solicitud de la acumulación de procesos
Art. 82 — Desestimación inicial de la solicitud de acumulación de procesos
Art. 84 — Efectos del auto que otorga la acumulación
Art. 85 — Efectos del auto que deniega la acumulación
Art. 86 — Normas aplicables
Art. 87 — Solicitud de acumulación de procesos
Art. 89 — Contenido del auto que declara procedente la acumulación de procesos
Art. 91 — Resolución sobre el requerimiento de acumulación
Art. 92 — Efectos de la aceptación de la acumulación por el Tribunal requerido
Art. 94 — Sustanciación de la discrepancia ante el tribunal competente
Art. 95 — Decisión de la discrepancia
Art. 97 — Prohibición de un segundo incidente de acumulación
Art. 99 — Ámbito de aplicación de la Ley y principio de legalidad
Art. 100 — Deber de abstención
Art. 101 — Legitimación activa para recusar
Art. 102 — Abstención de Jueces y Magistrados
Art. 103 — Abstención de los Letrados de la Administración de Justicia
Art. 105 — Abstención de los peritos
Art. 106 — Abstención de los miembros del Ministerio Fiscal
Art. 107 — Tiempo y forma de proponer la recusación
Art. 108 — Competencia para instruir los incidentes de recusación
Art. 110 — Competencia para decidir el incidente de recusación
Art. 112 — Decisión del incidente, costas y multa
Art. 113 — Notificación del auto y recursos
Art. 116 — Informe del recusado
Art. 117 — Aceptación de la recusación por el recusado
Art. 118 — Oposición del recusado y sustanciación de la recusación
Art. 119 — Sustitución del Letrado de la Administración de Justicia recusado
Art. 122 — Inadmisión del escrito de recusación
Art. 124 — Ámbito de la recusación de los peritos
Art. 125 — Forma de proponer la recusación de los peritos
Art. 126 — Admisión del escrito de recusación
Art. 127 — Sustanciación y decisión del incidente de recusación
Art. 128 — Costas
Art. 129 — Lugar de las actuaciones judiciales
Art. 129 bis — Celebración de actos procesales mediante presencia telemática
Art. 130 — Días y horas hábiles
Art. 131 — Habilitación de días y horas inhábiles
Art. 132 — Plazos y términos
Art. 133 — Cómputo de los plazos
Art. 134 — Improrrogabilidad de los plazos
Art. 136 — Preclusión
Art. 137 — Presencia judicial en declaraciones, pruebas y vistas
Art. 138 — Publicidad de las actuaciones orales
Art. 139 — Secreto de las deliberaciones de los tribunales colegiados
Art. 140 — Información sobre las actuaciones
Art. 141 — Acceso a libros, archivos y registros judiciales
Art. 142 — Lengua oficial
Art. 143 — Intervención de intérpretes
Art. 144 — Documentos redactados en idioma no oficial
Art. 145 — Fe pública judicial
Art. 146 — Documentación de las actuaciones
Art. 148 — Formación, custodia y conservación de los autos
Art. 149 — Clases de actos de comunicación
Art. 150 — Notificación de resoluciones y diligencias de ordenación
Art. 151 — Tiempo de la comunicación
Art. 152 — Forma de los actos de comunicación. Respuesta
Art. 153 — Comunicación por medio de procurador
Art. 154 — Lugar de comunicación de los actos a los procuradores
Art. 156 — Averiguaciones del tribunal sobre el domicilio
Art. 157 — Registro Central de Rebeldes Civiles
Art. 158 — Comunicación mediante entrega
Art. 161 — Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula
Art. 163 — Servicio Común Procesal de Actos de Comunicación
Art. 164 — Comunicación edictal
Art. 165 — Actos de comunicación mediante auxilio judicial
Art. 166 — Nulidad y subsanación de los actos de comunicación
Art. 167 — Remisión de oficios y mandamientos
Art. 169 — Casos en que procede el auxilio judicial
Art. 170 — Órgano al que corresponde prestar el auxilio judicial
Art. 171 — Exhorto
Art. 172 — Remisión del exhorto
Art. 173 — Cumplimiento del exhorto
Art. 174 — Intervención de las partes
Art. 175 — Devolución del exhorto
Art. 176 — Falta de diligencia de las partes en el auxilio judicial
Art. 177 — Cooperación judicial internacional
Art. 178 — Dación de cuenta
Art. 180 — Magistrado ponente
Art. 181 — Funciones del Magistrado ponente
Art. 182 — Señalamiento de las vistas
Art. 183 — Solicitud de nuevo señalamiento de vista u otros actos procesales
Art. 184 — Tiempo para la celebración de vistas
Art. 185 — Celebración de las vistas
Art. 186 — Dirección de los debates
Art. 187 — Documentación de las vistas
Art. 188 — Suspensión de las vistas u otros actos procesales
Art. 189 — Nuevo señalamiento de las vistas suspendidas
Art. 189 bis — De las comparecencias