FIS Fiscal y tributario
Hacienda ha escrito. ¿Y ahora qué?
Una carta de Hacienda no siempre es lo mismo, y la diferencia importa mucho: un requerimiento de información, una comprobación limitada y una inspección tienen efectos distintos y márgenes de actuación distintos.
Lo primero es leer qué procedimiento es y qué alcance tiene, porque de eso depende qué puede pedirse y hasta dónde puede llegar la Administración. Lo segundo es el plazo: los tributarios se cuentan de forma propia y no perdonan.
- Comprobaciones e inspecciones. Alcance, duración, dilaciones y actas.
- Sanciones tributarias. Culpabilidad, motivación y proporcionalidad.
- Recursos. Reposición, reclamación económico-administrativa y contencioso.
- Aplazamientos y embargos. Suspensión de la ejecución y garantías.
- Delito fiscal. Cuándo un expediente tributario cruza al penal.