Artículo 85 · Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
Sujetos pasivos. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
En las adquisiciones intracomunitarias de bienes los sujetos pasivos del impuesto serán quienes las realicen, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de esta Ley.
De dónde sale
- — Norma: Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- — Esta redacción rige desde el 01/01/1993, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-1992-28740.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/1992/12/28/37#a85 ↗
A qué artículos remite
Sale de su propio texto: son los artículos que este menciona y que hay que leer con él.
Artículo 71 LIVA — Lugar de realización de las adquisiciones intracomunitarias de bienes
Qué artículos remiten a este
[Artículo 170 LIVA](/articulos/170-liva) — Infracciones
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 84 LIVA
El siguiente: artículo 86 LIVA