CON Contencioso-administrativo
Artículo 72 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
Artículo 72. Concentración de trámites.
1. De acuerdo con el principio de simplificación administrativa, se acordarán en un solo acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan un impulso simultáneo y no sea obligado su cumplimiento sucesivo.
2. Al solicitar los trámites que deban ser cumplidos por otros órganos, deberá consignarse en la comunicación cursada el plazo legal establecido al efecto.
De dónde sale
- — Norma: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- — Esta redacción rige desde el 02/10/2016, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-2015-10565.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/2015/10/01/39#a72 ↗
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 71 LPACAP
El siguiente: artículo 73 LPACAP