Artículo 622 · Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
Los padres que sin llegar a incurrir en delito contra las relaciones familiares o, en su caso, de desobediencia infringiesen el régimen de custodia de sus hijos menores establecido por la autoridad judicial o administrativa serán castigados con la pena de multa de uno a dos meses.
De dónde sale
- — Norma: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
- — Esta redacción rige desde el 12/12/2002, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-2002-24044.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/lo/1995/11/23/10#a622 ↗
La nota del boletín
No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.
Ref. BOE-A-2002-24044 Se modifica por el art. 4 de la Ley Orgánica 9/2002, de 10 de diciembre.
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 621 CP
El siguiente: artículo 623 CP