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FIS Fiscal y tributario

Artículo 6 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

Texto oficial del BOE, reproducido literalmente. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: esta página sirve para comprobar la redacción vigente, no sustituye el criterio de un abogado colegiado.

El texto oficial, literal

Artículo 6. Impugnabilidad de los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones.

El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones tienen carácter reglado y son impugnables en vía administrativa y jurisdiccional en los términos establecidos en las leyes.

De dónde sale

  • — Norma: Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • — Esta redacción rige desde el 01/07/2004, y sigue vigente.
  • — Quedó así por BOE-A-2003-23186.
  • — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/2003/12/17/58#a6 ↗

Alrededor, en la misma ley

El anterior: artículo 5 LGT

El siguiente: artículo 7 LGT