Artículo 6 · Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos
Naturaleza de las normas. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice.
De dónde sale
- — Norma: Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
- — Esta redacción rige desde el 01/01/1995, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-1994-26003.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/1994/11/24/29#a6 ↗
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 5 LAU
El siguiente: artículo 7 LAU