Artículo 53 · Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
Artículo 53. Importaciones de material audiovisual producido por la Organización de las Naciones Unidas.
Estarán exentas las importaciones de los materiales audiovisuales de carácter educativo, científico o cultural, producidos por la Organización de las Naciones Unidas o alguno de sus Organismos especializados, que se relacionan a continuación:
Código NC
Designación de la mercancía
– Placas, películas, papel, cartón y textiles, fotográficos, impresionados pero sin revelar:
ex 3704 00 10
– Placas y películas.
– Películas cinematográficas, positivas, de carácter educativo, científico o cultural.
– Placas y películas, fotográficas, impresionadas y reveladas, excepto las cinematográficas:
– De carácter educativo, científico y cultural.
Películas cinematográficas, impresionadas y reveladas, con registro de sonido o sin él, o con registro de sonido solamente:
– De anchura superior o igual a 35 mm:
– Las demás:
ex 3706 10 99
– Las demás positivas.
– Películas de actualidad (tengan o no sonido) que recojan sucesos que tengan carácter de actualidad en el momento de la importación e importadas para su reproducción en número de dos copias por tema como máximo.
– Películas de archivo (que tengan o no sonido) destinadas a acompañar a películas de actualidad.
– Películas recreativas especialmente adecuadas para los niños y los jóvenes.
– Las demás de carácter educativo, científico o cultural.
– Las demás:
– Las demás:
– Las demás positivas:
ex 3706 90 51
ex 3706 90 91
ex 3706 90 99
– Películas de actualidad (tengan o no sonido) que recojan sucesos que tengan carácter de actualidad en el momento de la importación e importadas para su reproducción en número de dos copias por tema como máximo.
– Películas de archivo (que tengan o no sonido) destinadas a acompañar a películas de actualidad.
– Películas recreativas especialmente adecuadas para los niños y los jóvenes.
– Las demás de carácter educativo, científico o cultural.
Los demás impresos, incluidas las estampas, grabados y fotografías:
– Las demás:
– Las demás:
ex 4911 99 90
– Las demás.
– Microtarjetas u otros soportes utilizados por los servicios de información y de documentación por ordenador, de carácter educativo, científico o cultural.
– Murales destinados exclusivamente a la demostración y la enseñanza.
Discos, cintas y demás soportes para grabar sonido o para grabaciones análogas, grabados, incluso las matrices y moldes galvánicos para la fabricación de discos con exclusión de los productos del capítulo 37:
– De carácter educativo, científico o cultural.
ex 9023 00
Instrumentos, aparatos y modelos, proyectados para demostraciones (por ejemplo en la enseñanza o exposiciones), que no sean susceptibles de otros usos:
– Modelos, maquetas y murales de carácter educativo, científico o cultural, destinados exclusivamente a la demostración y la enseñanza.
– Maquetas o modelos visuales reducidos de conceptos abstractos tales como las estructuras moleculares o fórmulas matemáticas.
Hologramas para proyección por láser.
Juegos multimedia.
Material de enseñanza programada, incluido material en forma de equipo, acompañado del material impreso correspondiente.
De dónde sale
- — Norma: Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- — Esta redacción rige desde el 01/01/1993, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-1992-28740.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/1992/12/28/37#a53 ↗
La nota del boletín
No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.
Ref. BOE-A-1993-3297 Redactado conforme a la correción de errores publicada en BOE núm.33 de 8 de febrero de 1993.
Qué artículos remiten a este
[Artículo 163 septies LIVA](/articulos/163-septies-liva)
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 52 LIVA
El siguiente: artículo 54 LIVA