Artículo 50 · Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009
Visados y autorizaciones de residencia de carácter extraordinario. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
1. El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para atender circunstancias extraordinarias y en atención al cumplimiento de los fines de la política exterior del Reino de España y de otras políticas públicas españolas o de la Unión Europea, en especial la política de inmigración, la política económica y la de seguridad nacional, la salud pública o las relaciones internacionales de España, podrá ordenar a una misión diplomática u oficina consular la expedición de un visado de residencia.
2. La Dirección General de Asuntos Consulares y Migratorios informará de dicha expedición a la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y remitirá copia de los documentos mencionados en los apartados a), b) y d) del artículo 48.2 de este Reglamento, a los efectos de concesión al interesado, previo informe del titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, de una autorización extraordinaria de residencia.
De dónde sale
- — Norma: Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
- — Esta redacción rige desde el 30/06/2011, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-2011-7703.
- — ⚠️ La norma está derogada.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/rd/2011/04/20/557#a50 ↗
A qué artículos remite
Sale de su propio texto: son los artículos que este menciona y que hay que leer con él.
[Artículo 48 RLOEX](/articulos/48-rloex) — Procedimiento
Qué artículos remiten a este
[Artículo 69 RLOEX](/articulos/69-rloex)
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 49 RLOEX
El siguiente: artículo 51 RLOEX