Artículo 49 · Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil
Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
Cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España:
1.º En la forma regulada en este Código.
2.º En la forma religiosa legalmente prevista.
También podrá contraer matrimonio fuera de España con arreglo a la forma establecida por la ley del lugar de celebración.
De dónde sale
- — Norma: Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- — Esta redacción rige desde el 30/04/2021, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-2015-7391.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/rd/1889/07/24/(1 ↗)#art49
La nota del boletín
No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.
Ref. BOE-A-2015-7391#dfprimera Ref. BOE-A-2011-12628#dfdecima Ref. BOE-A-2017-7483 Téngase en cuenta que la redacción de este artículo, establecida por la disposición final 1.3 de la Ley 15/2015, de 2 de julio.entra en vigor en la fecha de la completa entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, según establece la disposición final 21.3 de la Ley 15/2015, en la redacción dada por la Ley 4/2017, de 28 de junio. Redacción anterior: "Cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España: 1.º Ante el Juez, Alcalde o funcionario señalado por este Código. 2.º En la forma religiosa legalmente prevista. También podrá contraer matrimonio fuera de España con arreglo a la forma establecida por la Ley del lugar de celebración." Ref. BOE-A-2015-7391#dfprimera Se modifica por la disposición final 1.3 de la Ley 15/2015, de 2 de julio.. Ref. BOE-A-2011-12628#dfdecima Ref. BOE-A-2017-7483 Esta modificación entra en vigor en la fecha de la completa entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, según establece la disposición final 21.3 de la Ley 15/2015,en la redacción dada por la Ley 4/2017, de 28 de junio. Ref. BOE-A-1994-28511 Se modifica por el art. único de la Ley 35/1994, de 23 de diciembre.. Ref. BOE-A-1981-16216 Se modifica por el art. 1 de la Ley 30/1981, de 7 de julio.. Ref. BOE-A-1958-6677 Se modifica por el art. 1 de la Ley de 24 de abril de 1958..
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 48 CC
El siguiente: artículo 50 CC