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CIV Civil

Artículo 462 · Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

Competencia del tribunal de la primera instancia durante la apelación. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

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Texto oficial del BOE, reproducido literalmente. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: esta página sirve para comprobar la redacción vigente, no sustituye el criterio de un abogado colegiado.

El texto oficial, literal

Durante la sustanciación del recurso de apelación, la jurisdicción del tribunal que hubiere dictado la resolución recurrida se limitará a las actuaciones relativas a la ejecución provisional de la resolución apelada.

De dónde sale

Alrededor, en la misma ley

El anterior: artículo 461 LEC

El siguiente: artículo 463 LEC