Artículo 38 · Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores
Plazo para dictar sentencia. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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Texto oficial del BOE, reproducido literalmente. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: esta página sirve para comprobar la redacción vigente, no sustituye el criterio de un abogado colegiado.
El texto oficial, literal
Finalizada la audiencia, el Juez de Menores dictará sentencia en un plazo máximo de cinco días.
De dónde sale
- — Norma: Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
- — Esta redacción rige desde el 05/02/2007, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-2006-21236.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/lo/2000/01/12/5#a38 ↗
La nota del boletín
No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.
Ref. BOE-A-2006-21236 Se modifica por el art. único.30 de la Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre..
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 37 LORPM
El siguiente: artículo 39 LORPM