Saltar al contenido
JBHAsesoría LegalDefensa PenalUrgencias 24 h+34 872 290 320

LAB Laboral

Artículo 32 · Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales

Prohibición de participación en actividades mercantiles de prevención. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

Texto oficial del BOE, reproducido literalmente. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: esta página sirve para comprobar la redacción vigente, no sustituye el criterio de un abogado colegiado.

El texto oficial, literal

Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social no podrán desarrollar las funciones correspondientes a los servicios de prevención ajenos, ni participar con cargo a su patrimonio histórico en el capital social de una sociedad mercantil en cuyo objeto figure la actividad de prevención.

De dónde sale

  • — Norma: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
  • — Esta redacción rige desde el 01/01/2015, y sigue vigente.
  • — Quedó así por BOE-A-2014-13568.
  • — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/1995/11/08/31#a32 ↗

La nota del boletín

No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.

Ref. BOE-A-2014-13568 Se modifica por la disposición final 1 de la Ley 35/2014, de 26 de diciembre.. Ref. BOE-A-2010-12616 Se modifica por la disposición final 6 de la Ley 32/2010, de 5 de agosto..

Alrededor, en la misma ley

El anterior: artículo 31 LPRL

El siguiente: artículo 32 bis LPRL