Artículo 285 · Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Resolución sobre la admisibilidad de las pruebas propuestas. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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Texto oficial del BOE, reproducido literalmente. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: esta página sirve para comprobar la redacción vigente, no sustituye el criterio de un abogado colegiado.
El texto oficial, literal
1. El tribunal resolverá sobre la admisión de cada una de las pruebas que hayan sido propuestas.
2. Contra la resolución que admita o inadmita cada una de las pruebas sólo cabrá recurso de reposición, que se sustanciará y resolverá en el acto, y, si se desestimare, la parte podrá formular protesta al efecto de hacer valer sus derechos en la segunda instancia.
De dónde sale
- — Norma: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- — Esta redacción rige desde el 07/10/2015, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-2015-10727.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/2000/01/07/1#a285 ↗
La nota del boletín
No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.
Ref. BOE-A-2015-10727#aunico Se modifica el apartado 2 por el art. único.38 de la Ley 42/2015, de 5 de octubre..
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 284 LEC
El siguiente: artículo 286 LEC