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Artículo 170 del Código Penal

Amenazar a un grupo de población y no a una persona concreta. Qué lo diferencia del tipo común y por qué se castiga aparte.

· Revisado el

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

Código Penal

Amenazas a colectivos

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados penalistas colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica; no sustituye el asesoramiento de un letrado.

Contenido revisado el 12 de julio de 2026 · contrasta la redacción vigente en el BOE

Qué regula

Sanciona las amenazas de un mal constitutivo de delito dirigidas a atemorizar a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural o religioso, u otro colectivo, cuando tengan la gravedad necesaria para conseguirlo.

Claves prácticas

  • — Protege la tranquilidad colectiva, no solo a personas concretas.
  • — Relevante en mensajes públicos y redes sociales con destinatarios difusos.

Por qué importa en un caso real

Exige gravedad objetiva e idoneidad para atemorizar al colectivo: no todo mensaje odioso o exaltado alcanza el umbral típico.

Qué puedes hacer con esto

¿Te afecta a ti este artículo?

Si el art. 170 CP aparece en una citación, un auto o una denuncia que te implica, lo primero es entender en qué punto estás y qué plazos corren. La evaluación preliminar es gratuita, confidencial y no compromete a nada.

Orientación preliminar automatizada. No sustituye al asesoramiento de un abogado colegiado.

¿Llevas un asunto donde aplica?

JBH prepara el trabajo de fondo del art. 170 CP: reconstruye los hechos con la documentación, ordena la prueba que sostiene cada uno y redacta el borrador del escrito. Tú decides, firmas y diriges.

Para abogados colegiados. La dirección letrada siempre es tuya.

Si lo que necesitas es cómo se defiende: defensa por amenazas — tipo penal, penas, líneas de defensa y qué pruebas suelen decidir el caso.

Texto oficial y vigente

Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.

Aparece en estos delitos y conceptos

Preguntas frecuentes sobre el artículo 170 CP

¿Qué regula el artículo 170 CP?

Sanciona las amenazas de un mal constitutivo de delito dirigidas a atemorizar a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural o religioso, u otro colectivo, cuando tengan la gravedad necesaria para conseguirlo.

¿Cómo afecta el artículo 170 CP a un caso penal real?

Exige gravedad objetiva e idoneidad para atemorizar al colectivo: no todo mensaje odioso o exaltado alcanza el umbral típico.

¿Dónde puedo leer el texto oficial y vigente del artículo 170 CP?

En el texto consolidado de la Código Penal publicado por el BOE (enlace en esta página). La redacción puede cambiar con las reformas legales, así que conviene contrastar siempre la versión vigente.

¿En qué delitos o conceptos penales aparece el artículo 170 CP?

Este artículo es relevante, entre otros, en: Amenazas. En la enciclopedia penal de JBH tienes cada uno explicado con sus claves de defensa.

Te puede servir

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Contenido divulgativo y orientativo; no constituye asesoramiento jurídico. Los marcos de pena y la redacción de los artículos pueden variar con las reformas legales: contrasta siempre el texto vigente en el BOE (enlace superior) y la jurisprudencia en el CENDOJ. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.

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