Te han despedido
Veinte días hábiles. Ese es todo el margen. Lo primero es fijar la fecha de efectos y presentar la papeleta; lo segundo, comprobar si la causa se sostiene y si el cálculo de la empresa es el correcto.
Qué hacemos
- Fijamos el reloj. Fecha de efectos, días hábiles que quedan y festivos de tu localidad. Sale de un motor de cálculo con el calendario oficial, no de una estimación.
- Leemos la carta. Qué hechos imputa, con qué fechas y si la causa está concretada. La carta acota lo que la empresa podrá defender en juicio.
- Recalculamos la indemnización. Con el salario diario real, prorrateo de extras y antigüedad completa. Es donde aparecen las diferencias más grandes.
- Presentamos y negociamos. Papeleta de conciliación dentro de plazo y, si no hay acuerdo, demanda.
- Despido disciplinario y objetivo
- Despido colectivo y sus impugnaciones individuales
- Nulidad por vulneración de derechos fundamentales, embarazo o represalia
- Diferencias de indemnización y de finiquito