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PEN Penal

Eximentes completas e incompletas

Las eximentes excluyen la responsabilidad criminal: legítima defensa, anomalía psíquica, intoxicación plena, estado de necesidad o miedo insuperable, entre otras. Cuando faltan requisitos no esenciales operan como eximentes incompletas, con una atenuación muy relevante de la pena: así funcionan.

Por Lorenzo Ballanti Morán · Fundador y CEO de JBH Asesoría Legal · Ingeniero informático · · Revisado el

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados penalistas colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

Qué es

Las eximentes son las causas que excluyen la responsabilidad criminal, enumeradas en el art. 20 CP [VERIFICAR]: anomalía o alteración psíquica, intoxicación plena o síndrome de abstinencia, alteraciones graves de la percepción, legítima defensa, estado de necesidad, miedo insuperable y cumplimiento de un deber o ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.

Cuando concurren todos sus requisitos, la eximente es completa y conduce a la absolución penal. Si faltan requisitos no esenciales, opera como eximente incompleta (art. 21.1.ª CP [VERIFICAR]), que no absuelve pero atenúa la pena de forma muy significativa.

Cómo funciona

  • Eximente completa: excluye la pena, pero en las causas basadas en la inimputabilidad puede dar lugar a medidas de seguridad (internamiento, tratamiento) [VERIFICAR], y no siempre elimina la responsabilidad civil [VERIFICAR].
  • Eximente incompleta: permite rebajar la pena en uno o dos grados conforme al art. 68 CP [VERIFICAR], un efecto mucho más intenso que el de las atenuantes ordinarias.
  • Prueba: los hechos en que se funda la eximente deben quedar tan acreditados como el hecho mismo; no basta la mera alegación, aunque el acusado sigue amparado por la presunción de inocencia (art. 24.2 CE) respecto del delito.
  • Cada eximente tiene requisitos propios (agresión ilegítima y necesidad racional del medio en la legítima defensa, conflicto de males en el estado de necesidad…), que se examinan caso a caso [VERIFICAR].

Claves prácticas

  • La prueba pericial (psiquiátrica, psicológica, toxicológica) es la columna vertebral de las eximentes de inimputabilidad: debe prepararse pronto y con rigor.
  • En la legítima defensa, la reconstrucción fáctica (quién agredió primero, proporcionalidad del medio empleado) decide el resultado; la instrucción es el momento de fijarla, ya desde las [diligencias previas](/enciclopedia-penal/diligencias-previas).
  • La frontera entre eximente completa, incompleta y simple atenuante es gradual: conviene plantear los tres escalones de forma subsidiaria.
  • La eximente no impide, en su caso, medidas de seguridad ni responsabilidad civil: ese frente también hay que prepararlo [VERIFICAR].

Cómo actúa la defensa

  • Detectar la eximente desde el primer momento y orientar la instrucción a su prueba (periciales, testigos, historia clínica, documentación).
  • Plantear peticiones subsidiarias: eximente completa, incompleta y, en su defecto, atenuantes, para plantear en cada escenario la alternativa que más favorezca al cliente.
  • Cuantificar el efecto: defender la rebaja de la pena en el grado que corresponda [VERIFICAR] y su reflejo en la pena concreta y en sus alternativas de cumplimiento.
  • Gestionar las consecuencias: proponer la medida de seguridad menos gravosa cuando proceda y tratar la responsabilidad civil.

La selección y prueba de la eximente la dirige siempre un penalista colegiado; la plataforma coordina con abogados independientes.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre eximente completa e incompleta?
La completa exige todos los requisitos legales y excluye la responsabilidad criminal (art. 20 CP [VERIFICAR]); la incompleta concurre cuando faltan requisitos no esenciales (art. 21.1.ª CP [VERIFICAR]) y no absuelve, pero permite una rebaja muy relevante de la pena, de uno o dos grados [VERIFICAR].
¿La legítima defensa libra de toda responsabilidad?
Si concurren todos sus requisitos (agresión ilegítima, necesidad racional del medio, falta de provocación suficiente [VERIFICAR]), excluye la responsabilidad penal. Si falta alguno no esencial, opera como eximente incompleta y solo atenúa. La responsabilidad civil puede tener un tratamiento propio [VERIFICAR].
¿Qué pasa si el acusado tiene una enfermedad mental?
Según su intensidad y su relación con el hecho, puede apreciarse una eximente completa o incompleta por anomalía psíquica [VERIFICAR]. La absolución por esta vía puede ir acompañada de medidas de seguridad (tratamiento, internamiento) [VERIFICAR], y la prueba pericial psiquiátrica resulta decisiva.

Jurisprudencia: cómo buscarla

La interpretación de «eximentes completas e incompletas» evoluciona con la doctrina de los tribunales. No reproducimos números de sentencia ni identificadores ECLI sin verificar: la jurisprudencia aplicable a un caso concreto debe localizarla y contrastarla un abogado colegiado en la fuente oficial. Puedes preparar tu estrategia de búsqueda en el CENDOJ con nuestro buscador de jurisprudencia asistido y validar cualquier referencia con el verificador de citas legales.

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Información orientativa elaborada con fines divulgativos; no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación profesional. Las referencias legales deben contrastarse con la normativa vigente (BOE) y la jurisprudencia con el CENDOJ. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.

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