Artículo 48 del Código Penal
Qué prohíbe exactamente cada medida, cuánto dura y qué cuenta como incumplimiento. Las dudas que más problemas causan después.
· Revisado el
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Código Penal
Alejamiento y prohibiciones de comunicación
Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados penalistas colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica; no sustituye el asesoramiento de un letrado.
Contenido revisado el 12 de julio de 2026 · contrasta la redacción vigente en el BOE
Qué regula
Regula las penas privativas de derechos consistentes en la privación del derecho a residir o acudir a determinados lugares, la prohibición de aproximarse a la víctima o a quien el juez señale, y la prohibición de comunicarse con ellos por cualquier medio.
Claves prácticas
- — El alejamiento impide acercarse a la víctima, su domicilio, trabajo o cualquier lugar que frecuente.
- — La prohibición de comunicación cubre todo medio: llamadas, mensajes, redes sociales o terceras personas.
- — Su quebrantamiento es un delito autónomo (art. 468 CP), aunque la víctima consienta el contacto.
Por qué importa en un caso real
Clave en violencia de género y doméstica: conviene delimitar con precisión distancias y lugares en la sentencia, y advertir al cliente de que un solo mensaje puede suponer un nuevo delito.
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Texto oficial y vigente
Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.
Aparece en estos delitos y conceptos
Preguntas frecuentes sobre el artículo 48 CP
¿Qué regula el artículo 48 CP?
Regula las penas privativas de derechos consistentes en la privación del derecho a residir o acudir a determinados lugares, la prohibición de aproximarse a la víctima o a quien el juez señale, y la prohibición de comunicarse con ellos por cualquier medio.
¿Cómo afecta el artículo 48 CP a un caso penal real?
Clave en violencia de género y doméstica: conviene delimitar con precisión distancias y lugares en la sentencia, y advertir al cliente de que un solo mensaje puede suponer un nuevo delito.
¿Dónde puedo leer el texto oficial y vigente del artículo 48 CP?
En el texto consolidado de la Código Penal publicado por el BOE (enlace en esta página). La redacción puede cambiar con las reformas legales, así que conviene contrastar siempre la versión vigente.
¿En qué delitos o conceptos penales aparece el artículo 48 CP?
Este artículo es relevante, entre otros, en: Orden de protección. En la enciclopedia penal de JBH tienes cada uno explicado con sus claves de defensa.
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