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Artículo 147 del Código Penal

La diferencia entre lesión leve y delito depende del tratamiento médico o quirúrgico. Qué cuenta como tratamiento y qué no.

· Revisado el

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Código Penal

Lesiones: tipo básico y lesiones leves

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados penalistas colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica; no sustituye el asesoramiento de un letrado.

Contenido revisado el 12 de julio de 2026 · contrasta la redacción vigente en el BOE

Qué regula

Castiga a quien causa a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, cuando requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. Sin ese tratamiento, el hecho es delito leve.

Claves prácticas

  • — Tipo básico (147.1): prisión de 3 meses a 3 años o multa. Lesión leve o maltrato de obra: multa. Marco orientativo; confirma el texto vigente en el BOE.
  • — La clave técnica es «tratamiento médico o quirúrgico»: puntos de sutura sí; una simple cura o vigilancia, no.
  • — El informe médico-forense delimita el tipo aplicable.

Por qué importa en un caso real

La discusión pericial sobre si hubo verdadero tratamiento médico decide si el caso es delito menos grave o leve — con enormes consecuencias de pena y de antecedentes.

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Si el art. 147 CP aparece en una citación, un auto o una denuncia que te implica, lo primero es entender en qué punto estás y qué plazos corren. La evaluación preliminar es gratuita, confidencial y no compromete a nada.

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Si lo que necesitas es cómo se defiende: defensa por lesiones — tipo penal, penas, líneas de defensa y qué pruebas suelen decidir el caso.

Texto oficial y vigente

Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.

Aparece en estos delitos y conceptos

Preguntas frecuentes sobre el artículo 147 CP

¿Qué regula el artículo 147 CP?

Castiga a quien causa a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, cuando requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. Sin ese tratamiento, el hecho es delito leve.

¿Cómo afecta el artículo 147 CP a un caso penal real?

La discusión pericial sobre si hubo verdadero tratamiento médico decide si el caso es delito menos grave o leve — con enormes consecuencias de pena y de antecedentes.

¿Dónde puedo leer el texto oficial y vigente del artículo 147 CP?

En el texto consolidado de la Código Penal publicado por el BOE (enlace en esta página). La redacción puede cambiar con las reformas legales, así que conviene contrastar siempre la versión vigente.

¿En qué delitos o conceptos penales aparece el artículo 147 CP?

Este artículo es relevante, entre otros, en: Abandono del lugar del accidente, Lesiones, Lesiones agravadas, Lesiones graves. En la enciclopedia penal de JBH tienes cada uno explicado con sus claves de defensa.

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