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Artículo 11 · Ley Orgánica del Poder Judicial

La prueba obtenida vulnerando derechos fundamentales no surte efecto. Cuándo se aplica, hasta dónde alcanza y por qué a veces no arrastra al resto.

· Revisado el

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

Ley Orgánica del Poder Judicial

Prueba ilícita

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados penalistas colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica; no sustituye el asesoramiento de un letrado.

Contenido revisado el 12 de julio de 2026 · contrasta la redacción vigente en el BOE

Qué regula

Su apartado 1 establece que en todo tipo de procedimiento no surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.

Claves prácticas

  • — Regla de exclusión: la prueba ilícita y su derivada («fruto del árbol envenenado») quedan fuera del proceso.
  • — La conexión de antijuridicidad delimita qué prueba derivada se salva y cuál cae.

Por qué importa en un caso real

Es el fundamento legal de toda impugnación probatoria por vulneración de derechos (registros, intervenciones, accesos a dispositivos): si la fuente es nula, el caso puede desmoronarse.

Qué puedes hacer con esto

¿Llevas un asunto donde aplica?

JBH prepara el trabajo de fondo del art. 11 LOPJ: reconstruye los hechos con la documentación, ordena la prueba que sostiene cada uno y redacta el borrador del escrito. Tú decides, firmas y diriges.

Para abogados colegiados. La dirección letrada siempre es tuya.

¿Te afecta a ti este artículo?

Si el art. 11 LOPJ aparece en una citación, un auto o una denuncia que te implica, lo primero es entender en qué punto estás y qué plazos corren. La evaluación preliminar es gratuita, confidencial y no compromete a nada.

Orientación preliminar automatizada. No sustituye al asesoramiento de un abogado colegiado.

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Texto oficial y vigente

Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.

Aparece en estos delitos y conceptos

Preguntas frecuentes sobre el artículo 11 LOPJ

¿Qué regula el artículo 11 LOPJ?

Su apartado 1 establece que en todo tipo de procedimiento no surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.

¿Cómo afecta el artículo 11 LOPJ a un caso penal real?

Es el fundamento legal de toda impugnación probatoria por vulneración de derechos (registros, intervenciones, accesos a dispositivos): si la fuente es nula, el caso puede desmoronarse.

¿Dónde puedo leer el texto oficial y vigente del artículo 11 LOPJ?

En el texto consolidado de la Ley Orgánica del Poder Judicial publicado por el BOE (enlace en esta página). La redacción puede cambiar con las reformas legales, así que conviene contrastar siempre la versión vigente.

¿En qué delitos o conceptos penales aparece el artículo 11 LOPJ?

Este artículo es relevante, entre otros, en: Difusión no consentida de imágenes íntimas, Acceso ilícito a sistemas informáticos, Nulidad de la prueba ilícita. En la enciclopedia penal de JBH tienes cada uno explicado con sus claves de defensa.

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Contenido divulgativo y orientativo; no constituye asesoramiento jurídico. Los marcos de pena y la redacción de los artículos pueden variar con las reformas legales: contrasta siempre el texto vigente en el BOE (enlace superior) y la jurisprudencia en el CENDOJ. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.

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