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Artículo 109 bis · Ley de Enjuiciamiento Criminal

Quién puede acusar además del Fiscal, en qué plazo y con qué límites. Lo que hay que saber antes de decidir si merece la pena personarse.

· Revisado el

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

Ley de Enjuiciamiento Criminal

Ejercicio de la acción penal por la víctima

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados penalistas colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica; no sustituye el asesoramiento de un letrado.

Contenido revisado el 12 de julio de 2026 · contrasta la redacción vigente en el BOE

Qué regula

Permite a la víctima que no haya renunciado a su derecho ejercitar la acción penal en cualquier momento antes del trámite de calificación del delito, sin retrotraer las actuaciones. Regula también la personación de asociaciones de víctimas.

Claves prácticas

  • — La víctima puede personarse tarde, pero acepta el procedimiento en el estado en que se encuentre.
  • — Límite temporal: antes del escrito de calificación.

Por qué importa en un caso real

Marca hasta cuándo puede una víctima incorporarse como acusación particular — decisivo para planificar la personación y sus efectos.

Qué puedes hacer con esto

¿Llevas un asunto donde aplica?

JBH prepara el trabajo de fondo del art. 109 bis LECrim: reconstruye los hechos con la documentación, ordena la prueba que sostiene cada uno y redacta el borrador del escrito. Tú decides, firmas y diriges.

Para abogados colegiados. La dirección letrada siempre es tuya.

¿Te afecta a ti este artículo?

Si el art. 109 bis LECrim aparece en una citación, un auto o una denuncia que te implica, lo primero es entender en qué punto estás y qué plazos corren. La evaluación preliminar es gratuita, confidencial y no compromete a nada.

Orientación preliminar automatizada. No sustituye al asesoramiento de un abogado colegiado.

¿Trabajas con plazos procesales? El Vigilante de Plazos: El Vigilante de Plazos computa el vencimiento con el calendario oficial y vigila el art. 324 LECrim a partir de la notificación que reenvías.

Texto oficial y vigente

Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.

Aparece en estos delitos y conceptos

Preguntas frecuentes sobre el artículo 109 bis LECrim

¿Qué regula el artículo 109 bis LECrim?

Permite a la víctima que no haya renunciado a su derecho ejercitar la acción penal en cualquier momento antes del trámite de calificación del delito, sin retrotraer las actuaciones. Regula también la personación de asociaciones de víctimas.

¿Cómo afecta el artículo 109 bis LECrim a un caso penal real?

Marca hasta cuándo puede una víctima incorporarse como acusación particular — decisivo para planificar la personación y sus efectos.

¿Dónde puedo leer el texto oficial y vigente del artículo 109 bis LECrim?

En el texto consolidado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal publicado por el BOE (enlace en esta página). La redacción puede cambiar con las reformas legales, así que conviene contrastar siempre la versión vigente.

¿En qué delitos o conceptos penales aparece el artículo 109 bis LECrim?

Este artículo es relevante, entre otros, en: Acusación particular. En la enciclopedia penal de JBH tienes cada uno explicado con sus claves de defensa.

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Contenido divulgativo y orientativo; no constituye asesoramiento jurídico. Los marcos de pena y la redacción de los artículos pueden variar con las reformas legales: contrasta siempre el texto vigente en el BOE (enlace superior) y la jurisprudencia en el CENDOJ. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados penalistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.

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