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EXT Extranjería

Recurso de alzada

Un mes desde la notificación si la resolución es expresa. Agotado el plazo, la denegación es firme y ya no se discute.

Por Equipo de JBH · Revisado por abogados colegiados ·

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Qué dice la ley

1. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Art. 122.1 LPACAP · Ley 39/2015 · texto en el BOE

Recurrir o volver a pedir

Motivo de la denegaciónSuele convenirPor qué
Falta un documento subsanableVolver a solicitarMás rápido que discutir, y sin el riesgo de que se confirme
Discrepancia sobre el cómputo del tiempoRecurrirEs una cuestión de criterio: aportando prueba puede corregirse
Antecedente penalValorarDepende del tipo de antecedente y de su antigüedad
Silencio de la AdministraciónRecurrirEl plazo corre igual: esperar deja la vía cerrada