Apartado 01
Si está pasando ahora, no rellenes nada.
Descolgamos a cualquier hora, también fines de semana y festivos. Si es una urgencia, te pasamos con un abogado en la misma llamada.
¿No es urgente? Cuéntanos tu caso y te respondemos en menos de 24 horas.
- Hay una persona detenida o incomunicada
- Registro, entrada domiciliaria o intervención en curso
- Citación, juicio o comparecencia próximos
- Acabas de recibir una denuncia, querella o notificación judicial
Apartado 02
Dónde se tramita tu caso de alcoholemia y seguridad vial en Madrid
Tu procedimiento se sigue en el Partido Judicial de Madrid. La instrucción corresponde a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid —el órgano que desde la reforma de 2025 sustituye a los antiguos Juzgados de Instrucción del Partido Judicial de Madrid—; el enjuiciamiento, según la pena, a la Sección de lo Penal (penas privativas de libertad de hasta 5 años) o a la Audiencia Provincial de Madrid (penas superiores a 5 años).
Si el asunto llega a segunda instancia, el recurso se resuelve en la Audiencia Provincial de Madrid.
Apartado 03
Cómo te atendemos en Madrid
Tu caso lo asume un penalista colegiado de nuestra red con despacho en Madrid, con seguimiento del expediente en la plataforma.
La dirección letrada la asume un penalista colegiado de la red con despacho propio en Madrid; JBH coordina el expediente y el trabajo de análisis desde la plataforma.
Apartado 04
Cuándo conducir con alcohol es delito (art. 379.2 CP)
Conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas es delito. La ley fija además un umbral objetivo: una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado (o 1,2 g/l en sangre) constituye delito en todo caso. Por debajo, puede ser infracción administrativa o delito si se acredita la influencia en la conducción.
El mismo artículo castiga conducir bajo los efectos de drogas, y el art. 379.1 sanciona la velocidad excesiva (superar en 60 km/h en vía urbana o en 80 en interurbana los límites).
Apartado 05
Negativa a la prueba y conducir sin permiso
Negarse a someterse a las pruebas de alcohol o drogas es un delito autónomo (art. 383), con frecuencia más grave que el propio resultado positivo. Y conducir sin permiso —por pérdida de vigencia, de todos los puntos o sin haberlo obtenido nunca— se castiga en el art. 384.
Conocer estos tipos evita errores en el control que agravan la situación; por eso la asistencia letrada temprana importa también aquí.
Apartado 06
Cómo preparamos una defensa por alcoholemia y seguridad vial
Reconstruimos los hechos con la documentación del procedimiento y fijamos qué prueba sostiene cada uno. Sobre eso, el letrado que asume la dirección decide la línea de defensa y prepara los escritos ante el Partido Judicial de Madrid.
El desarrollo completo —tipo penal, penas aplicables, nulidades y estrategia procesal— está en la guía de alcoholemia y seguridad vial, enlazada abajo.
Apartado 07
Te detienen o te citan como investigado: tus derechos, plazos y errores
Derechos, plazos (72 h) y errores que pueden costarte el caso si te detienen o te citan como investigado.
Preguntas frecuentes
Apartado 08
Lo que más nos preguntan
¿Lleváis casos de alcoholemia y seguridad vial en Madrid?
¿Dónde se juzga un caso de alcoholemia y seguridad vial en Madrid?
¿Tengo que desplazarme para la primera consulta?
Apartado 09
Cuéntanos tu caso de alcoholemia y seguridad vial en Madrid
La evaluación inicial es gratuita, sin compromiso y con tratamiento confidencial. Tu caso lo asume un penalista colegiado de nuestra red con despacho en Madrid, con seguimiento del expediente en la plataforma.
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- Abogado de alcoholemia y seguridad vial Defensa en delitos de alcoholemia y seguridad vial (arts. 379-384 CP): tasas, negativa a la prueba, conducir sin permiso, y el control del etilómetro y la cadena…
- Abogado penalista en Madrid Abogado penalista en Madrid para delitos económicos, patrimoniales y de cuello blanco.